Si usted es uno de esos ahorradores que siempre buscan una alternativa de inversión que le ofrezcan el menor riesgo y la mayor rentabilidad, seguramente estará interesado en saber qué es una inversión a plazo. Una inversión a plazo puede convertirse en una alternativa realmente atractiva, ya que por lo general son productos financieros cuyo tipo de interés establece una rentabilidad fija que libran al consumidor de la posibilidad de perder dinero al final del año, como puede ocurrir con otros instrumentos a rentabilidad variable, sin embargo, actualmente, no pasan por su mejor momento.
Las inversiones a plazo suelen expresarse a través de depositos a plazo Fijo. Estos ofrecen un interés más elevado que el de las cuentas corrientes y de ahorro pero a cambio, obligan al cliente a comprometerse a no retirar los fondos de la cuenta durante un periodo de tiempo. Ambos elementos, dinero y tiempo, son establecidos al comienzo de la operación por el interesado y la entidad bancaria, que devuelve al final el ahorro depositado más los intereses correspondientes.
Te mostramos a continuación cuatro reglas básicas para acertar con tu depósito
Además, ambas partes deben formalizar en el contrato otras condiciones como la periodicidad en el pago de intereses, cuenta de abono de los mismos, vencimiento, prórroga y comisiones, si las hubiera.
Los clientes que buscan un plazo fijo presentan un perfil conservador característico de aquellos que no desean asumir los riesgos inherentes de una inversión a remuneración variable. No obstante, la remuneración va a ser uno de los factores de más importancia para un cliente. Lo habitual es que la remuneración se establezca a partir de un tipo de interés y que se abone al vencimiento del plazo, pero también es posible establecer el cobro periódico de intereses.
¿Qué se debe tener en cuenta antes de realizar una inversión a plazo?
- Plazo de vencimiento determinado: Obliga, por lo general, a no retirar el dinero hasta que se cumpla el tiempo fijado para el depósito, salvo que se reconozca la posibilidad en el contrato. Puede ser a 1 mes, 3, 6, 12, 24 y 36 meses, aunque algunas entidades ofrecen productos a un día y a una o dos semanas.
- Remuneración: Considerar que el tipo de interés supera al ofrecido por las cuentas corrientes y de ahorro para paliar el trastorno que puede suponer no disponer del dinero.
- Liquidación de intereses: Puede ser mensual, trimestral, semestral, anual o al vencimiento del plazo, según se especifique en el contrato.
- Cancelación del depósito: Disponer del dinero antes de la fecha prevista sólo será posible cuando se haya expresado así en el contrato, pero es posible que el banco aplique una comisión sobre los intereses generados por el depósito si se opta por la retirada anticipada del mismo.
- Prórroga de la imposición: Habitualmente, se establece una cláusula según la cual, una vez llegada la fecha de vencimiento, el depósito se prorrogará de manera automática por un plazo igual al anterior y con un mismo tipo de interés, a no ser que el titular o la entidad confirmen lo contrario.
Por último, si como inversor usted está interesado en la contratación de un plazo fijo, le recomendamos lo siguiente:
- Tener en cuenta la TAE (Tasa Anual Equivalente) Esta será siempre la mejor referencia para conocer la rentabilidad real, ya que contempla también el pago de comisiones o la periodicidad en el cálculo de los intereses, mientras que el interés nominal sólo indica el beneficio del producto.
- Valorar el plazo de vencimiento. Puesto que el dinero estará inmovilizado durante un largo tiempo, previsiblemente dos años, se deben hacer los cálculos necesarios que determinen si durante ese periodo se necesitará o no la cantidad depositada, ya que retirarla antes de tiempo puede suponer el pago de comisiones como mencionamos anteriormente. Por lo tanto, recomendamos conocer el monto de comisiones con anticipación, para no perder los intereses ganados hasta ese momento..
- Disponer de información completa acerca de: Periodicidad con la que se abonarán los intereses y importe mínimo para contratar determinados productos.
- Comunicar por escrito a la entidad la voluntad de no prorrogar el depósito a su vencimiento, ya que, de lo contrario, ésta puede producirse de manera automática.