Las consultas del día 03/07/2006 cancelación registral y gastos deducibles

¿Que se debe hacer al terminar un préstamo hipotecario?

La cancelación al vencimiento se produce cuando el prestatario ha devuelto todo el capital y ha pagado todos los intereses y gastos en las condiciones pactadas de tiempo y forma (cuotas y plazo). Es decir, cuando la operación se ha cumplido en su totalidad según lo pactado.

Cuando se amortiza un préstamo en su totalidad, algunas entidades libran, a petición del cliente, un certificado conforme ya no existen débitos ni capital pendiente de amortizar. Es decir, lo que suele denominarse certificado de saldo cero.

A partir de este momento, el cliente puede solicitar que la entidad otorgue, mediante escritura pública, carta de pago del préstamo así como la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

¿ Me puedo deducir un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda que no sea la habitual ?

No porque la deducción por inversión en vivienda habitual solo resulta aplicable a los siguientes supuestos:

  • Adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual
  • Construcción o ampliación de la vivienda habitual

    En el caso que la vivienda sea destinada alquiler, podrás deducirte los intereses y demás gastos de financiación en los rendimientos de capital inmobiliario sin que pueda exceder los ingresos íntegros derivados del alquiler.

    ¿Son deducibles los gastos de notario, registro y gestoría etc..?

    Si se pueden desgravar con el límite total de 9.015,18 euros (incluyendo los pagos del préstamo) los siguientes gastos

    • Plano de la obra en caso de autopromoción o ampliación.
    • Permiso de obras en caso de autopromoción o ampliación.
    • Gastos de escritura de compraventa (incluido impuestos y registro propiedad)
    • Gastos escritura de préstamo hipotecario
    • Comisiones de apertura y estudio de la entidad bancaria
    • Gastos formalización contratos

       

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