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Publicado por Matias Torres - 26/08/10 a las 01:08:50 pm

Una vez más, después de ofrecerles las mejores hipotecas del mercado, les presentamos las mejores ofertas para subrogar. Esta alternativa es muy interesante para todos aquellos clientes que no estén conformes con las condiciones que les ofrecen sus actuales entidades, y deseen mudarse hacia otro lugar.
Por lo tanto, les ofrecemos las mejores hipotecas para subrogación, como siempre aclarándoles que hemos confeccionado el ranking, no sólo por el tipo de interés que aplican, sino que son muy importantes los productos asociados, que en muchas ocasiones ofrecen tipos bajos, pero con una fuerte vinculación que termina encareciendo la hipoteca.
Tipo variable:
Tipo fijo:
Estos resultados se pueden ampliar con el Comparador Hipotecas de Hipolisto, el primer comparador social y colaborativo que cuenta con toda la oferta del mercado hipotecario.
Además, si necesita hacer cálculos de cuanto pagará por su hipoteca, puede acceder a calcular su hipoteca.
Publicado por Matias Torres - 01/04/10 a las 07:04:36 pm

Muchas personas no están conformes con los tipos de interés que pagan por sus préstamos hipotecarios en la entidad financiera donde la ha contratado. Una de las ventajas que existe en este caso es la Subrogación de Hipoteca.
Esta posibilidad permite a través de un trámite, cambiar la hipoteca de un banco a otro que nos ofrezca mejores condiciones, en especial el tipo de interés del préstamo. Es importante aclarar que en caso de subrogar sólo se cambiará el porcental que aplica, manteniendo vigente el resto de las condiciones.
Hoy, tanto los bancos como las cajas de ahorro han lanzado una serie de ofertas tentadoras, las últimas novedades son en materia de subrogación, ya que lo que se intenta es quitarle clientes a la competencia. A través de esta operatoria, buscan fidelizar al nuevo usuario ya que generalmente obligan a contratar muchos productos como domiciliar la nómina, seguros, tarjetas, etc.
Otro de los puntos que debemos tener en cuenta es que la modalidad que casi todas las entidades han adoptado es la de aplicar suelo hipotecario, nos venden una subrogación con un diferencial muy bajo, pero la letra pequeña contempla que existe esa clausula de interés mínimo.
Otras de las características de la subrogación es que generalmente ofrecen a un tipo mejor a las ofertas de primera vivienda, aunque tenemos que hacer algunos cálculos como son los gastos. Esto incluye la comisión de subrogación, los referentes a gestoría, notaria, etc.
Si está interesado en realizar comparaciones de las ofertas para subrogar, puede hacerlo en Hipolisto.
Publicado por Matias Torres - 01/04/10 a las 06:04:19 pm

El Euribor le ha dado a los españoles un respiro en 2009 y ha posibilitado rebajar las cuotas de las hipotecas gracias a los mínimos históricos. Sin embargo el acceso al crédito pasa por un momento delicado al igual que la economía.
A pesar de todo, la mayoría de las entidades financieras que operan en España continúan ofreciendo diferentes tipos de hipotecas. Existen alternativas a interés fijo, variable vinculadas al Euribor y al índice IRPH. También existen ofertas para subrogación, es decir para cambiar de banco y otras para los más jóvenes.
A continuación les ofrecemos las mejores hipotecas 2010:
- Mejores hipotecas del mercado
- Mejores hipotecas para subrogar
- Mejores hipotecas para jovenes
- Mejores hipotecas a tipo fijo
- Mejores hipotecas a tipo variable
Publicado por Matias Torres - 23/07/09 a las 12:07:01 am

A pesar de que el Euribor vive mínimos históricos, no todos pueden acceder a un préstamo hipotecario. Sin embargo, la mayoría de las entidades financieras que operan en España ofrecen todo tipo de hipotecas.
Hoy, existen opciones a interés fijo, variable vinculadas al Euribor 2009 y al índice IRPH. También existen ofertas para subrogar, es decir para cambiar de banco y propuestas para jóvenes.
A continuación les ofrecemos las mejores hipotecas 2009:
- Mejores hipotecas del mercado
- Mejores hipotecas para subrogar
- Mejores hipotecas para jovenes
Publicado por admin - 16/07/09 a las 11:07:04 am
Tanto la novación como la subrogación son dos operaciones normalmente relacionadas con un préstamo hipotecario.
En el caso de la novación, conocemos que es la modificación de una obligación por otra posterior que extingue o modifica a la primera. En este caso, la Novación Hipotecaria es un documento público que modifica condiciones de un préstamo hipotecario, siempre con acuerdo de las partes.
Este tipo de documento es normal que se produzcan cuando somos deudores de un préstamo hipotecario que posee condiciones desfavorables comparándolo con el mercado. Ante ello, podemos renegociar las condiciones frente al banco.
A través de la novación se pueden realizar los siguientes cambios:
Gastos (fuera de las comisiones bancarias):
Por otra parte, la llamada subrogación hipotecaria es una operación de cambio de nuestra hipoteca desde una entidad financiera a otra.Lógicamente, esto se hace con el objeto de obtener una disminución en el tipo de interés. No obstante, otra forma de realizar una subrogación, es vendiendo la propiedad, donde el comprador se subrogue en la hipoteca ya existente.
Entonces, la definición de subrogación dice que se trata del acto de modificar las condiciones de un contrato sustituyendo a una persona por otra.
Gastos de subrogación
Cabe mencionar que, al igual que en la novación, aparecen gastos en notaría, registro y gestoría, agregando la comisión de subrogación cobrada por la entidad.
El caso más ejemplificado es el siguiente: hipoteca de capital de 180.000 euros los gastos de notaría, registro y gestoría ascenderán a 1.045 euros, y la comisión suele ser un valor no superior al 1%, es decir, 1.800 euros.
Publicado por Matias Torres - 15/01/09 a las 10:01:52 pm

No sólo debemos pensar en el Euribor para calcular la cuota de nuestra hipoteca. El contexto que nos rodea puede afectar para bien o para mal. Por eso, las mejores hipotecas 2011 pueden ser una buena opción para conseguir la vivienda propia.
Las ofertas hipotecarias que ofrecen la mayoría de las entidades financieras que operan en España es amplia y podemos conseguir todo tipo de préstamos. Algunos prefieren los tipos fijo, otros buscan el variable vinculadas al Euribor y al índice IRPH.
También existen ofertas para subrogación, es decir para cambiar de banco y otras para los más jóvenes.
A continuación les ofrecemos las mejores hipotecas 2011:
- Mejores hipotecas del mercado
- Mejores hipotecas para subrogar
- Mejores hipotecas para jovenes
Publicado por Matias Torres - 11/01/08 a las 12:01:02 am

La nueva ley hipotecaria, que a priori parecía una medida justa para los consumidores, parece que levantará más críticas que aplausos.
Según algunos especialistas que se han dedicado a leer todos los aspectos de la misma han encontrado ciertos puntos contradictorios, con mayores beneficios para la banca, que para sus clientes.
Entonces, sostienen que la ley hipotecaria, que entró en vigor el pasado 9 de diciembre, limita la libre capacidad de elección de los deudores para trasladar su crédito a otra entidad mediante la subrogación. De esta manera, el banco podrá retener a su cliente igualando la oferta de la competencia.
Quiere decir que a partir de ahora, los deudores hipotecarios verán más difícil tomar decisiones personales, como trasladar su préstamo a otro banco que le ofrezca mejores condiciones.
¿Cual era el objetivo principal de la nueva ley?
- - Abaratar los costes a la hora de suscribir una hipoteca.
- - Ampliar la capacidad de elección de las familias en el momento de contratar un crédito.
Letra chica, ¿a favor de quien?
A diferencia de lo que ocurría con la anterior normativa, en caso de que exista una contraoferta por parte de una nueva entidad financiera, el primer banco tan sólo deberá declarar ante notario que iguala o mejora dicha oferta para impedir a su cliente el libre traslado de su hipoteca.
Ahora, es el propio banco quien decide en última instancia, en lugar del deudor, que puede estar interesado en cambiar de entidad por múltiples motivos, más allá de los financieros –desde un mal servicio hasta la propia cercanía física de la segunda sucursal.
Veamos que ocurre con las modificaciones establecidas, según un ejemplo practico publicado en el portal expansion.com
Un caso concreto
· La ley de 1994 sobre subrogación de hipotecas habilitó un mecanismo nuevo para que un deudor pudiera cambiar su crédito de banco con costes reducidos.
· El cliente acudía a un banco B para mejorar las condiciones de su hipoteca. Tras negociar con el particular, B le ofrecía una oferta vinculante que, inmediatamente comunicaba a la entidad A (acreedor del crédito) para que certifique el saldo pendiente –cuánto quedaba por pagar del préstamo, así como los intereses y comisiones vigentes.
· Si la entidad A no expedía dicha certificación en el plazo de 15 días naturales, perdía todo derecho y su cliente podía formalizar sin más la subrogación (trasladar su hipoteca) con la entidad B.
· Sin embargo, en caso de certificar el saldo pendiente, el banco A, disponía de 15 días naturales para tratar de convencer a su cliente de que no se fuera, contra ofertando nuevas condiciones (novación del préstamo). Durante ese plazo, el particular no estaba, pues, ni obligado a subrogar la hipoteca (trasladar el préstamo a la entidad B) ni a firmar un nuevo crédito mejorado con A. Tan sólo podía dedicarse a escuchar los cantos de sirena de A, a fin de ver mejoradas sus condiciones o servicios bancarios.
· En todo caso, aunque A mejorara, incluso, la oferta de B, el deudor, tras dicho plazo, decidía libremente si quedarse (novación) o trasladar su crédito (subrogación).
· La nueva reforma hipotecaria, que acaba de entrar en vigor, cambia el eje del sistema en el ámbito de la subrogación hipotecaria de acreedores.
. El cliente de la entidad A acude a un segundo banco (B) para mejorar sus condiciones hipotecarias. Al igual que con la anterior normativa, se mantiene un plazo de 15 días naturales durante el cual el deudor no podrá, aunque quiera, trasladar su hipoteca a B (subrogación).
· Sin embargo, el cambio consiste en que, durante dicho plazo, la entidad A, sin ni siquiera tener que negociar directamente con su cliente, podrá notificar notarialmente que iguala la oferta de B o, incluso, la mejora.
· La mera igualación de la oferta de B permite a la entidad A retener a su cliente obligatoriamente por ley, a pesar de que mantenga la intención de subrogar su hipoteca con B. Así, la norma no admite que el deudor pueda cambiarse de entidad, y no sólo con el objetivo de ver mejoradas sus condiciones financieras, ya que el cliente puede estar interesado en cambiar de banco por múltiples razones: descontento con el servicio, mala relación personal con el director de su sucursal, productos financieros más atractivos, ubicación de la entidad crediticia, etc.
. Al no poder subrogarse, el cliente deberá solicitar una nueva hipoteca con B y cancelar la antigua con A, con unos costes superiores a la subrogación.