Cantidades entregadas a promotor de vivienda y cancelación anticipada de depósito (Las consultas del día 13/07/2007)
Publicado por A. de la Torre - 13/07/07 a las 10:07:28 amCon carácter general, para aplicarte la deducción por vivienda habitual es necesario que se produzca la adquisición de
En el presente caso, las entregas que realizas al promotor, al tratarse de construcción de vivienda, te dará derecho a practicarte la deducción por las cantidades que estás entregando. Lo único que debes adquirir la vivienda en un plazo máximo de cuatro años desde que se inicie la inversión y por lo que veo este mismo año te la entregan, por lo tanto no tendrás problemas
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