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Archivos del mes Septiembre, 2007

¿Qué se entiende por vivienda habitual?

Se entiende por vivienda habitual, la edificación que cumpla los siguientes requisitos:

Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

A excepción de los siguientes casos:

- Fallecimiento del contribuyente y otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, cambio de empleo, u otras circunstancias análogas justificadas.

El contribuyente la habilite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.

Salvo en los siguientes supuestos:

- Fallecimiento del contribuyente, celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, cambio de empleo, u otras circunstancias análogas justificadas que impidan la ocupación de la vivienda.

- Cuando la vivienda resulte inadecuada por razón de la minusvalía, sobrevenida o preexistente a la adquisición de la vivienda habitual, padecida por el contribuyente o por su cónyuge o sus descendientes o ascendientes que convivan con él.

- Cuando el contribuyente disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización. En este supuesto, el plazo de doce meses comenzará a contarse a partir de la fecha del cese en el correspondiente cargo o empleo.

3º Se asimilan a la vivienda habitual, a efectos de la deducción:

- Los anexos ( jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, siempre que se adquieran conjuntamente con la vivienda.)

- Las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda, con el máximo de dos y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se encuentren en el mismo edifico o complejo inmobiliario y se entreguen en el mismo momento.

b) Que su transmisión se efectúe en el mismo acto, aunque lo sea en distinto documento.

c) Su uso no esté cedido a terceros.

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